El Poder Judicial, a través de su Primera Sala Constitucional admitió la demanda de amparo presentada por la Organización Indígena ORPIO, mediante la cual se solicita la consulta previa del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de la Hidrovía Amazónica. Ello tras más de un año de proceso1. Esta demanda se fundamenta en que la medida administrativa que aprobaría el Estudio de Impacto Ambiental, es la medida que debe ser objeto de consulta por impactar en los derechos colectivos de los pueblos indígenas.
Al respecto, Jorge Pérez, presidente de ORPIO, destacó: “Estamos en este proceso hace más de un año, más de un año que 14 pueblos indígenas en el área del proyecto Hidrovía venimos demandando que se consulte el EIA de este proyecto. Ya que consideramos que el proceso de como se ha realizado el EIA es ineficiente. La consulta previa debe realizarse en cada una de sus etapas y no solo al inicio de un proyecto”
El EIA del proyecto, ha sido rechazado ya dos veces por el SENACE para ser admitido a evaluación -y sin llegar aún a la revisión del contenido, ya tiene 48 observaciones del SENACE por resolver- debido a falencias como no identificar y describir las zonas críticas donde se realizaría el dragado, ni sus características ambientales; o no incluir información sobre las características y descripción del mijano o temporada de grandes migraciones de peces, que es un proceso clave para las actividades socioeconómicas de las poblaciones locales.
Si bien en el 2015 se consultaron los Términos de Referencia para la elaboración del EIA, dicho documento, por su naturaleza, no contaba con información detallada sobre los impactos potenciales del proyecto ni las medidas de mitigación previstas para contrarrestarlos, como sí incluye un EIA.
Este mecanismo se activó desde las organizaciones de los pueblos indígenas, como un ejercicio que pueda garantizar el respeto a sus derechos, ante el avance de un proyecto que hasta ahora, no ha proporcionado información técnica socio ambiental clara sobre sus impactos y como mitigarlos. Asimismo, no se cuenta con el marco normativo del sector transportes que garantice un adecuado desarrollo del proyecto, ni se ha tomado en cuenta estudios técnicos para saber el impacto de dragar los ríos.
Está en manos del Poder Judicial analizar esta demanda y dar un fallo favorable a la consulta previa del EIA del proyecto Hidrovía Amazónica y ésta se realice previo a continuar con el avance de este proyecto.
El dato:
En primera instancia en junio de 2018 se declaró improcedente la solicitud, y ante la apelación de ORPIO y AIDESEP, en enero de 2019, la segunda instancia enmendó y declaró nula esa resolución.
Admiten demanda de Amparo para la consulta previa del EIA de la Hidrovia Amazónica