Esta afirmación la hizo la abogada representante de ProInversión en audiencia solicitada por la Organización Regional de los Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO), en el Juzgado Civil Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Loreto (Iquitos), tras la solicitud de nulidad de los procesos administrativos llevados acabo hasta la fecha, referentes al proyecto de electrificación (Moyobamba-Iquitos).

Shirley Fretel Chávez, abogada delegada de la Procuraduría Pública, de la Presidencia del Consejo de Ministros en representación de ProInversión, agregó que aún la ruta no está definida y que existen varios procesos administrativos aún no emitidos al respecto “estamos en proceso de revisión de la documentación” explicó.

“Nuestro pensar no es oponernos a los proyectos de desarrollo, queremos ser parte de él, por eso queremos que nos involucren mediante el respeto de nuestro derecho a la consulta previa libre e informada (Ley 29785). Pero, si, estamos en contra de un esquema de gobierno que actué a espaldas de los pueblos indígenas de la amazonía” expresó Jorge Pérez presidente de ORPIO.

Alertó, que son más de 34 las comunidades que se verían afectadas a lo largo de los 630 kilómetros que tendría la línea de trasmisión, casi 1450 hectáreas tumbadas de bosque en pie.

La décimo quinta disposición final del reglamento de la Ley (D.S. 001-2012 Del Ministerio de Cultura), hace referencia a que los proyectos de este tipo no estarían obligados a pasar por el proceso de Consulta Previa y que sólo bastarían realizar talleres, “Esto es improcedente ya que el artículo 2 del convenio 169, hace referencia a que todos los procesos administrativos que afecten a los pueblos indígenas, tienen que ser consultados, por eso se llama: Previa, libre e informada” explicó Juan Carlos Ruíz del Instituto de Defensa Legal (IDL).

Un caso importante y muy parecido es el de Colombia, dónde se ordenó Consulta del proyecto de línea de transmisión eléctrica (Interconexión eléctrica binacional Colombia – Panamá). Los demandantes señalaron que “las comunidades a las que representan desde septiembre del 2007 vienen manifestando que, sin tener en cuenta el procedimiento de consulta previa, ingenieros de la empresa Interconexión Eléctrica S.A (ESP-ISA) han estado dentro del territorio realizando mediciones y señalando los puntos geo-referenciados donde se colocarían las torres para la electrificación, apoyados en fotografías satelitales del territorio”. La sentencia de la Corte fue ordenar la inmediata consulta previa.

Finalmente, se aclaró que el mismo Tribunal Constitucional (Máximo intérprete de la Ley) expresa que la Consulta es para todos los procesos administrativos y no solo para los Estudios de Impacto Ambiental (EIA).

Dato:

  • El EIA del proyecto de electrificación (ProInversión-MEM) fue rechazado anteriormente.
  • Se ha avanzado con un Plan de Transmisión, un Plan de Promoción y el contrato de Concesión, en ninguno de estos procesos se han involucrado a los pueblos indígenas de la amazonía.
  • La audiencia culminó con el comentario del juez quien dijo que necesita de ambas partes como aliados para reunir la mayor cantidad de información y tomar la decisión.

Imagen del acta de asistencia a la audiencia.
acta de reunion juez hoy