Anta la lentitud e indiferencia de las autoridades del Gobierno para atender de manera inmediata y efectiva a las comunidades indígenas victimas del COVID19 en Loreto, la Organización Regional de los Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO) decidió junto al Instituto de Defensa Legal (IDL) interponer una demanda constitucional de amparo en contra del propio Estado para proteger la vida de las comunidades indígenas.

ORPIO decide tomar medidas legales, ya que aún después de 4 meses de haber iniciado la cuarentena e incluso ahora en pleno estado de emergencia nacional, no se implementa una política diferenciada en materia de salud indígena durante la pandemia.

Asimismo, la indiferencia y burocracia de las autoridades regionales y ministeriales han quebrantado los principales derechos constitucionales que le corresponde a los pueblos indígenas como el derecho a la vida, derecho a la salud, principio de garantía de la plena vigencia de los derechos humanos y el principio del Estado social de Derecho.

Esta demanda se dirige principalmente al Ministerio de Salud, la Dirección Regional de Salud de Loreto, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura y el Gobierno Regional de Loreto por no proteger apropiadamente a los pueblos indígenas amazónicos de la región de Loreto frente al COVID-19 (“o nuevo coronavirus”).

Esta acción de amparo interpuesta por ORPIO e IDL evidencian el incumplimiento de responsabilidades por parte de las autoridades Ministeriales y Gobierno Regional A pesar que el COVID 19 se continúa expandiendo en las comunidades nativas del departamento, habiendo alcanzado a todas las provincias y a casi todos los distritos.

Las autoridades no implementan acciones estructuradas, sostenidas ni pertinentes culturalmente para brindar atención de salud a la población indígena contagiada, que pasamos a señalar y que se encuentran dentro de la demanda interpuesta por ORPIO.

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RESPONSABILIDADES DEL MINSA Y DIRESA DE LORETO

  1. MINSA y Diresa Loreto no han implementado el Plan de Salud para Pueblos Indígenas frente al COVID 19 (aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2020-SA, el 21 de mayo de 2020) en Loreto, habiendo transcurrido 4 meses desde que se declaró la emergencia sanitaria en el país. El COVID 19 se continúa expandiendo en las comunidades nativas del departamento, habiendo alcanzado a todas las provincias y a casi todos los Sin embargo, el Estado aún no implementa acciones estructuradas, sostenidas ni pertinentes culturalmente para brindar atención de salud a la población indígena contagiada.
  1. La falta de registro adecuado de la cantidad de población indígena tanto contagiada como fallecida a causa de COVID 19, y de su pertenencia étnica, por la Dirección Regional de Salud – Loreto. La falta de información sobre el impacto real del Covid en la población indígena dificulta la cristalización de la atención de salud requerida. Al respecto, comparando la información proporcionada por la DIRESA y el MINSA con la manejada por el personal de los establecimientos de salud y las organizaciones indígenas, se observa diferencias significativas.
  1. MINSA y DIRESA no capacitan al personal de salud de las Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud, IPRESS, ni a los promotores de salud de las comunidades nativas en la administración de medicamentos, oxígeno e implementos para el tratamiento del COVID 19.
  2. MINSA y DIRESA Loreto no brindan información a las comunidades nativas sobre el COVID 19, las maneras de prevenirla, los protocolos de protección a seguir, el procedimiento y establecimientos de salud a los cuales acudir con fines de atención.
  1. MINSA y DIRESA Loreto no proporcionan espacios de comunicación vía radial y de telefonía para transmitir recomendaciones de médicos a consultas de comuneros y comuneras, teniendo en cuenta la falta de presencia del Estado en comunidades nativas para atender la emergencia sanitaria.
  1. MINSA y Diresa Loreto no brindan atención temprana a indígenas contagiados por el virus tanto de comunidades como en ciudades donde quedaron varados.
  1. MINSA y Diresa Loreto no implementan la norma y guías técnicas de prevención, contingencia y mitigación de impactos por expansión de epidemias entre pueblos en aislamiento y contacto inicial, aprobadas en el 2007 por el Ministerio de Salud (799-2007/MINSA, 797-2007-MINSA, 798-2007/MINSA).
  1. MINSA y Diresa Loreto no brindan atención en los establecimientos de salud de Loreto donde hay presencia de comunidades nativas y pueblos indígenas con lo siguiente:
  • Personal médico y técnico en los establecimientos de salud de primer nivel (comunidades nativas)
  • Dotación suficiente de pruebas serológicas y pruebas rápidas para descartar covid 19 entre la población indígena.
  • Dotación de balones de oxígeno suficiente en los establecimientos de salud provinciales, distritales y de comunidades nativas
  • Provisión de medicina suficiente para atender a los afectados covid 19 en las comunidades nativas, en especial,cloroquina, azitrocmicina, paracetamol, ivermectina, betametasona, salbutamol, ibromuro, homeprazol, jeringas, setreazona, exonaparina sodica, etc.
  • Implementación de camas UCI en los establecimientos de salud provinciales, distritales y de comunidades nativas.
  • Dotación de mascarillas y alcohol para repartir en las comunidades
  • Dotación de material de bioseguridad para el personal médico de los establecimientos de salud de las comunidades nativas o próximos a ellas.
  • Financiamiento y logística (embarcaciones, combustible, comunicaciones) para las postas médicas donde hay presencia de comunidades nativas

RESPONSABILIDAD DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS 

  1. El Ministerio de Economía no facilita los recursos económicos indispensables para la implementación del Plan de salud aprobado por el Gobierno peruano.

RESPONSABILIDAD DEL MINISTERIO DE CULTURA

  1. El Ministerio de Cultura no implementa control y vigilancia efectiva en las zonas de acceso a las áreas solicitadas como reservas indígenas Yavarí Tapiche, Yavarí Mirim, Sierra del Divisor Occidental, Kakataibo y Napo Tigre. El hecho que seis miembros del pueblo Nahua en contacto inicial de la Reserva Territorial Kugapakori Nahua Nanti, al sur del país, hayan sido contagiados de COVID 19, es una muestra clara de la falta de previsión e ineficiencia de este sector del Estado en el cumplimiento de sus responsabilidades de protección de pueblos en aislamiento y contacto inicial.
  1. El MINCU se ha limitado solamente a la traducción de mensajes de prevención y control del COVID-19, los cuales no han sido transmitidos a las comunidades nativas. La mera traducción de mensajes, que no se adecúan a la realidad de los pueblos indígenas, es insuficiente desde un abordaje intercultural. Estos tampoco se adecúan a las necesidades de información de las comunidades nativas pues contienen información elaborada cuando se inició la emergencia sanitaria, hace cuatro meses, mientras que el COVID se ha expandido ampliamente en las comunidades.

Finalmente, ORPIO pide al Poder Judicial y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos estar vigilantes para hacer cumplir a las autoridades del Perú y Gobierno Regional de Loreto su labor y así se atienda y salvaguarde la vida de los pueblos indígenas victimas del COVID19.

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