A raíz de la de la Cuadragésima Primera (41°) Sesión de la Comisión Multisectorial PIACI realizada por el Ministerio de Cultura para el día de hoy, 8 de mayo de 2026, en el marco del proceso de categorización de la Solicitud de creación de la Reserva Indígena Napo, Tigre y Afluentes (SRINT), nosotros, la Organización Regional de Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO) y nuestras cincuenta y una federaciones indígenas base de Loreto que representan a más de 700 comunidades nativas de Loreto, como organizaciones indígenas de Loreto, manifestamos a la opinión pública lo siguiente:
- La sesión de la 41° Sesión de la Comisión Multisectorial PIACI convocada por el Ministerio de Cultura tiene carácter estrictamente informativo. Por lo tanto, en esta reunión no se tomará ninguna decisión que afecte los derechos territoriales de las comunidades nativas ubicadas en el ámbito de la propuesta de la solicitud de reserva indígena Napo Tigre, ni se adoparán acuerdos sin la participación de sus autoridades comunales ni representantes.
- Rechazamos la campaña de desinformación difundida e impulsada por algunos actores políticos, quienes vienen difundiendo información falsa respecto al proceso de creación de las reservas indígenas Napo Tigre para la protección de los derechos de los Pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial (PIACI).
- Es absolutamente falso afirmar que la creación de reservas indígenas afectará los derechos adquiridos por las comunidades nativas. Los derechos territoriales de las comunidades nativas se encuentran debidamente garantizados por la Constitución Política del Perú, la Ley 28736, Ley PIACI, la Ley de Comunidades Nativas y Campesinas de la Selva (Decreto Ley 22175), las normas nacionales y los instrumentos internacionales de protección de derechos de los pueblos indígenas. Al respecto, de acuerdo a la propia Ley PIACI, la categorización de Reservas Indígenas no restringe ni prohíbe, bajo ningún motivo, que las comunidades nativas puedan continuar desarrollando sus actividades económicas y productivas con total normalidad, de acuerdo con sus usos, costumbres y formas de vida tradicionales.
- Reiteramos que la existencia de nuestros hermanos indígenas en aislamiento Aewa, Taushiro, Tagaeri, Taromenane y Záparo ha sido reconocida oficialmente por el Estado peruano a través del Decreto Supremo N.° 010-2022-MC, publicado el 1 de septiembre de 2022, por lo que su existencia se encuentra fuera de toda discusión política o ideológica.
- Nuestros hermanos indígenas en aislamiento son personas y ciudadanos peruanos con condiciones muy vulnerables y las reservas indígenas sólo constituyen mecanismos de protección humanitaria y territorial indispensables para evitar el avance de actividades ilegales, enfermedades y presiones externas sobre pueblos en situación de extrema vulnerabilidad..
Atentamente,
Consejo Directivo de ORPIO
8 de Abril de 2026
