A través de una petición formal, ORPIO con apoyo del Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS) exigen al titular del MINAM, Fabiola Muñoz Dodero que incluya y reconozca la consulta previa en el proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental.

“Los estudios de impacto ambiental, se nos impone. Hemos tenido experiencias en procesos de consulta previa, en la que nos socializaban un EIA con evidentes imprecisiones y errores, como es el caso de la Hidrovía Amazónica. Como organización hemos tenido que pedir ayuda a nuestros aliados para analizar un EIA que se nos quería imponer, por ello consideramos que los EIA también deben pasar por proceso de consulta, no nos pueden imponer EIA que benefician a las empresas ejecutoras y perjudican nuestros derechos, esto es una responsabilidad del Estado y los pueblos indígenas fiscalizar y verificar los EIA” señaló Jorge Pérez Rubio, presidente de ORPIO.

Este petitorio legal pide que se incluya expresamente en el mismo decreto la consulta previa de los estudios de impacto ambiental, dado que estas medidas administrativas afectan derechos colectivos de los pueblos indígenas como son el derecho a la participación ciudadana, al territorio ancestral, al medio ambiente, a decidir sus prioridades de desarrollo y otros.

Además, la consulta previa es un derecho colectivo que se ejerce cada vez que una medida administrativa o legislativa puede afectar a los pueblos indígenas; por ello, estas medidas deben ser sometidas a consulta en la etapa pertinente, antes de su aprobación, como es el caso de los estudios de impacto ambiental.

Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido clara al señalar de manera explícita que la Consulta Previa no solo se extiende a la afectación de tierras o territorios de los pueblos indígenas, sino que también abarca medidas que vinculan otros derechos colectivos de estos pueblos.

La Defensoría del Pueblo, a través de una Nota de Prensa del 29 de agosto del presente año, reiteró al Sector ambiente que deben llevarse a cabo procesos de consulta previa durante la evaluación de impacto ambiental de los proyectos extractivos, pues en esa etapa se cuenta con “información concreta y específica sobre los diversos componentes de un proyecto, de modo que puedan incorporarse medidas para prevenir, minimizar o corregir dichos impactos”.

Finalmente como ORPIO exigimos que el Ministerio del Ambiente se pronuncie cuanto antes sobre nuestra petición y cesen las afectaciones a nuestros derechos colectivos que se vienen produciendo en el marco de los procedimientos de aprobación de los estudios de impacto ambiental. De acuerdo al artículo 9 del Reglamento de la Ley de Consulta Previa, el plazo para responder nuestra petición venció el día de ayer, miércoles 16 de octubre.

Lea la CARTA DE PETICIÓN AL MINAM DE CONSULTA PREVIA DEL REGLAMENTO DEL EIA

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